Declaro que mi residencia habitual y a efectos de notificaciones para todo aquello que acontezca o sea consecuente en actos derivados de esta compraventa, sea el propio domicilio de la finca que ahora se transmite. O sea mi nueva casa, mi anterior domicilio fiscal ya no existe y así ya consta en todas las “Haciendas Tributarias que me cobran”.
¿Qué es lo que no me puedo creer?
Pues resulta que a los tres años recibo una orden de embargo, sumarísima e irreversible, sobre una de mis cuentas bancarias por la Oficina de Recaudación de Impuestos Locales, SUMA, en la que desoyendo lo indicado en la escritura, que es la que liquidan y por tanto está en su poder, cargan el importe con recargo del primer IBI de la finca en cuestión.
Llamo: mira Bancario amigo, esto no es así, devuelve el recibo, no tienen razón – Lo siento Enrique, no puedo - ¿Entonces? ¿Retiro todo el capital de la cuenta? – Da igual la cantidad ya la tienes retenida – “Osea: Como si me la machaco” – “Pozí”
Llamo a SUMA: Mire Usted ….., - nada de nada, lo siento, primero le cobramos y luego venga usted por aquí. - Insisto y le intento explicar “mi caso”. – Oiga señor está usted perdiendo el tiempo, yo no le voy a arreglar nada, si tiene problemas en casa noi la tome conmigo, - ¿Cómo? – Lo que le digo, ¿Quiere usted algo más? …
Menos mal, que mi prima Carmen, me ha mandado una frase que ha oído hoy en la panadería y que viene como dieta a mi peso:
Un hombre entra en una panadería:
- ¿Me puede dar dos funcionarios?
- A ver... Le he dicho miles de veces que no se llaman funcionarios se llaman "baguetes"...
Que no se ofenda nadie, pero …
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